El Derecho Laboral está formado por un conjunto de normas que regulan la relación existente entre el empresario y el trabajador. Esta relación es de carácter contractual aunque con ciertas particularidades pues el trabajador es la parte débil del contrato, motivo por el que existen normas específicas que tratan de protegerle de abusos y desequilibrios.
Evidentemente el trabajador tiene el deber de actuar de buena fe y de respetar las obligaciones asumidas en el contrato, pudiendo el empresario sancionarlo con suspensión de sueldo y empleo o despedirlo. Puede suceder sin embargo que el empresario despida al trabajador sin justificación alguna, momento en el que se hace necesario valerse de un profesional del Derecho para impugnar ese despido por ser improcedente. En tal supuesto pongo a su disposición mis servicios jurídicos, con la advertencia de que el plazo para reclamar es solamente de 20 días, de modo que si no reclama en ese plazo ya no podrá obtener la indemnización oportuna.
El empresario está también obligado a pagar el salario pactado dentro de los primeros días de cada mes hasta el punto de que si no los paga, el trabajador puede solicitar la extinción del contrato, obteniendo una indemnización y en su caso la prestación de desempleo. El plazo para reclamar esos salarios (incluidas dietas, horas extras, etc) es tan sólo de un año, disponiendo para ello de un procedimiento judicial en el que no es obligatorio pagar tasas ni costas judiciales.
Si se encuentra en la necesidad de reclamar y solicitar la protección de sus derechos laborales, no dude en ponerse en contacto urgentemente con este despacho para fijar una reunión a la mayor brevedad posible e iniciar los trámites correspondientes.